Se acerca la fecha límite para que las PM opten por tributar en flujo de efectivo

En 2016 se incorporó un estímulo fiscal para que las personas morales constituidas únicamente por personas físicas y con ingresos menores a cinco millones de pesos en ejercicios anteriores puedan utilizar el régimen de flujo de efectivo, que seguirá vigente en 2021.

¿Cómo funciona el régimen de flujo de efectivo?
Las personas morales del régimen general sólo pueden deducir la mercancía comprada hasta haberla vendido. En cambio, la dinámica del régimen de flujo de efectivo permite que realicen la deducción antes de la venta. Eso implica que si la empresa tiene una utilidad fiscal, que es a la que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le aplica la tasa del impuesto sobre la renta (ISR), la pueden eliminar comprando inventario.

Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021
De acuerdo con la regla 3.21.5.1. de la Resolución Miscelanea Fiscal (RMF) para 2021, las personas morales que quieran obtener el estímulo fiscal podrán presentar el aviso para optar por tributar conforme a flujo de efectivo a más tardar el 31 de enero de 2021. La regla quedó de la siguiente manera: 


 

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