Adiós prórroga: SAT reitera a personas morales fecha límite para declaración anual
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó ayer un comunicado en el que exhorta a las personas morales a realizar su declaración de impuestos del ejercicio fiscal correspondiente a 2020, a más tardar el 31 de marzo. Es decir, que si estabas esperanzado en que la autoridad fiscal concediera una prórroga de algún tipo, mejor hazte a la idea de que eso no sucederá.
El SAT menciona en su comunicado que, si al hacer tu declaración resulta una cantidad a pagar, en el acuse de recibo estará la línea de captura con la que podrás hacer la transferencia electrónica o pago en ventanilla, a través de la institución bancaria de tu preferencia.
Para hacer tu declaración, entra al portal del SAT en el apartado “Declaraciones” y usa la aplicación correspondiente a tu régimen fiscal.
Es indispensable que tengas a la mano lo siguiente:
- RFC, contraseña y e-firma
- Información contable y fiscal de ingresos, deducciones, pérdidas fiscales e inversiones
- Necesitas contar con una cuenta con servicio de banca electrónica para poder hacer la transferencia electrónica vía internet a través del banco de tu preferencia.
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