El SAT adiciona cambios para la suspensión del Certificado de Sello Digital



Notificación a través de buzón tributario

En la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021 se adicionó la regla 2.2.17. La nueva regla indica que la autoridad fiscal realizará la notificación de oficios, requerimientos y resoluciones a través del buzón tributario cuando se trate de la cancelación o restricción temporal de los CSD y, en su defecto, lo hará mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 134 del Código Fiscal de la Federación (CCF). 

En consecuencia, la autoridad deberá priorizar el buzón tributario para este tipo de notificaciones. Además, no habrá limitación respecto a los medios de contacto a usar, por lo tanto, en virtud de comunicar al contribuyente, la autoridad podría usar la vía personal previo al uso de estrados.

Restricción de CSD por varias autoridades


En la resolución también se adicionó la regla 2.2.18., que indica el procedimiento a realizar cuando varias autoridades hayan restringido temporalmente el uso del CSD respecto de un mismo contribuyente. En ese sentido, el individuo deberá subsanar o desvirtuar las irregularidades con cada una de las autoridades y sólo entonces se restablecerá el uso de su CSD.

Por otro lado, si el contribuyente subsana o desvirtúa las irregularidades que motivaron la restricción temporal y más de una autoridad cancela su CSD, sólo podrá obtener un nuevo CSD hasta que haya subsanado la totalidad de las irregularidades detectadas ante cada una de las autoridades que le hayan aplicado la medida.

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