Nuevo requisito para la deducción de combustibles




El 12 de noviembre, el Poder Ejecutivo publicó la Miscelánea Fiscal para 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Uno de los cambios fiscales implementados tiene que ver con la deducción en combustibles. Se trata de la reforma al segundo párrafo, fracción III, del artículo 27, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Este precepto legal habla sobre los requisitos de deducibilidad.

Con el cambio, la compra y venta de combustibles para vehículos terrestres, marítimos y aéreos deberá contar con la información del permiso vigente del proveedor en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Esto incluye los permisos de comercialización de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y de importación de la Secretaría de Energía (Sener).

Para que estos combustibles sean deducibles, el permiso debe estar vigente al momento de emitir el CFDI. 

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